Acerca de la Comisión Nacional de Microfinanzas
¿Qué nos define?
Misión:
Fomentar, regular, supervisar y fortalecer las actividades de microfinanzas, preservando su estabilidad, integridad financiera y desarrollo sostenible, promoviendo la transparencia en las operaciones y la protección de los derechos de los usuarios de servicios financieros, a fin de incentivar la inclusión y educación financiera y el desarrollo económico de los sectores de bajos ingresos.
Visión:
Ser una institución pública que fomenta y regula las actividades de microfinanzas para el desarrollo económico del país.
Valores:
- Independencia
- Prudencia
- Integridad
- Vocación de servicio
- Responsabilidad
Historia
La Comisión Nacional de Microfinanzas (CONAMI) nace a partir de la Ley No. 769: "Ley de Fomento y Regulación de las Microfinanzas" aprobada el día nueve de junio del año dos mil once, cuya publicación de la Gaceta, Diario Oficial, Nº 128 del día once de julio del año dos mil once, al tenor de lo dispuesto en el artículo cinco (5) que establece: "Créase la Comisión Nacional de Microfinanzas (CONAMI) como ente autónomo del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, y plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones respecto de aquellos actos o contratos que sean necesario para el cumplimiento de sus objetivos y funciones".
El Presidente de la República, Comandante Daniel Ortega Saavedra, en uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, nombró a través del Acuerdo Presidencial No. 23-2017, con fecha 23 de marzo de 2017 y Acuerdo Presidencial No. 74-2017, con fecha 24 de mayo de 2017, a los Miembros Propietarios y Suplentes del Consejo Directivo de la CONAMI. Asi mismo, mediante Acuerdo Presidencial No. 75-2017, con fecha 24 de mayo de 2017, nombró a Jim del Socorro Madriz López, como Presidenta Ejecutiva del Consejo Directivo de la CONAMI, para un periodo de cinco años. La Asamblea Nacional, mediante Decreto 8243 publicado en La Gaceta Diario Oficial No. 80 de fecha 02 de mayo de 2017 y Decreto No. 8278 publicado en La Gaceta Diario Oficial No. 120 de fecha 27 de junio de 2017, ratificó a la Presidente Ejecutiva de CONAMI, al igual que a los miembros de su Consejo Directivo.
La Asamblea Nacional aprobó el 31 de octubre de 2023 la Ley No. 1168 Ley de reforma a la Ley No. 769, “Ley de Fomento y Regulación de las Microfinanzas” que entró en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta Diario Oficial No. 201, del 7 de noviembre del año 2023, la cual establece en su artículo primero de reformas, que todas las instituciones que hacen actividades de microfinanzas, deben de inscribirse de manera obligatoria ante la Comisión Nacional de Microfinanzas, para que puedan operar como tal.
Desde el inicio de operaciones hasta la fecha, la CONAMI cuenta con 62 Instituciones de Microfinanzas (IMF's) inscritas en el Registro Nacional de IMF, lo cual les facilitará obtener beneficios como: pactar libremente tasas de interés, canalizar fondos para créditos, acceder a su Central de Riesgos - cuando esta se encuentre constituida-, y recibir capacitaciones para la promoción de las microfinanzas, entre otros.
Objetivos Estratégicos Institucionales
- Fomentar la gestión prudente de los riesgos en las Instituciones reguladas.
- Fortalecer y difundir el marco normativo aplicable a las instituciones reguladas.
- Fomentar y fortalecer las actividades de microfinanzas reguladas por la CONAMI.
- Promover la transparencia y la protección de los derechos de los usuarios de servicios financieros.
- Fortalecer la gestión institucional de la CONAMI.
Organigrama
Consejo Directivo
Los Miembros del Consejo Directivo de conformidad con el art. 9 de la Ley No. 769, se encuentra conformado por:
Nombre | Cargo |
---|---|
Jim del Socorro Madriz López | Miembro Propietario - Presidente |
Freddy José Cruz Cortez | Miembro Propietario |
Alejandra Leonor Corea Bradford | Miembro Propietario |
Flavio José Chiong Aráuz | Miembro Suplente |
Denis Enrique Reyna Estrada | Miembro Suplente |
Tipo de Cambio |
36.6243 (NIOxUSD)
03/12/2024
|
PIB per cápita |
2,620.40 (USD)
2024-2025 |
Monto Máximo de Microcredito |
26,204.00(USD)
2024-2025 |